Resumen | |
[J] | Rescisión del contrato. Incumplimientos contractuales. Retraso en el pago.(publicado en Actualidad Diaria 3534 el 5 de mayo de 2017) |
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La cuestión planteada en el presente recurso de casación unificadora, consiste en determinar si los retrasos en el pago de salarios en que incurrió la empresa demandada revisten la entidad y gravedad necesarias para justificar la extinción indemnizada del contrato que reclama el trabajador recurrente. La sentencia recurrida contempla el caso de un trabajador al servicio de la demandada quien, dentro de un ambiente conflictivo con la empresa, sufrió los retrasos en el cobro de sus salarios que constan en el segundo de los hechos declarados probados y que se pueden resumir diciendo que existió una demora, desde el mes de marzo de 2012 al de septiembre de 2013, consistente en el retraso de un número de días variable en el pago de la nómina mensual, aunque en alguna ocasión la mora fue de más de un mes, siendo el retraso medio de quince días. Es de señalar que la empresa estaba al corriente en el pago cuando se presentó la papeleta de conciliación el 3 de diciembre de 2013 y la demanda el día 30 del mismo mes, coincidiendo con el despido del trabajador. Las acciones ejercitadas por el actor fueron desestimadas en la instancia que declaró la inexistencia de incumplimientos contractuales que justificaran la extinción del contrato y procedente su despido objetivo por causas económicas. Este pronunciamiento fue confirmado por la sentencia recurrida en todas sus partes. Sobre los retrasos en los pagos entendió que no eran graves por ser solo de unos días y que al tiempo de presentarse la demanda la empresa ya estaba al corriente en el pago de los salarios debidos. | |
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